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Nuestra Historia y presente: somos residentes en lo que se conoce como barrio "Hogar III" sobre la Ruta 36 camino a Río Cuarto, dentro del ejido urbano, en lo que sería nominación catastral municipal D 32, Z 2, M 1, Lotes 2, 3 y 9, de aproximadamente un total de 67 Ha.

           

                         Este barrio, en el que vivimos,  fue un emprendimiento (junto con otros dos nominados en números romanos Hogar I y Hogar II) de la "Cooperativa de vivienda, crédito y consumo Nuestro Hogar Ltdo." (actualmente en liquidación: baja de matrícula por resolución 325/99 y cuyas denuncias y posteriores actuaciones por parte de l municipio constan en expediente Nº 691602/97).

http://ar.vlex.com/vid/cooperativa-consumo-hogar-resol-inacym-34934191

                        En el año 1997 la Cooperativa mencionada lanzó la oferta pública de venta de lotes sobre la base de un "plano de fraccionamiento privado". Fue así que a muchos de los vecinos comprometió en un "boleto de compraventa" donde en definitiva lo que la Cooperativa vendedora se comprometía a transferir a quienes aparecían como compradores era un porcentaje ínfimo sobre la mayor superficie, por lo que en definitiva todos los compradores pasaríamos a integrar un inmenso condominio privado ya que la Cooperativa según ese plano particular preveía aproximadamente 1600 lotes. Las mayores superficies las había adquirido la Cooperativa mediante escrituras Nº 44 "A" y 45 "A" de ese año 1997 labradas por el Escribano Felipe Oscar Drallny, y comprendidas tres fracciones con matrículas del Registro General de la Propiedad 472.193, 145.027 y 145.028 totalizando alrededor de 67 Ha.

                        Efectivizada la firma de centenares de boletos en esas condiciones atento que la defraudación era a todas luces evidente, por instancia municipal tomó intervención la justicia penal de Córdoba la que por intermedio de la Cámara del Crimen de 3º Nominación, Secretaría Garzón Márquez, culminó dictando sentencia de condena en contra de los responsables de la Cooperativa Sres. Dardo Julio Ortiz, Guillermo Federico Ortiz y Horacio Ortiz, con pena privativa de libertad de cinco años para el primero y tres años cuatro meses para los restantes, por entenderlos incursos en innumerables delitos. El proceso penal tuvo amplia difusión y se materializó a partir del año 1998.

                        Por consejo de la autoridad policial y judicial quienes habíamos suscripto boleto de compraventa (y pagarés, en muchos casos) suspendimos los pagos. Muchos otros fueron ocupando las tierras para hacer su vivienda familiar, sin tener posibilidad de suscribir ningún tipo de documento con los  vendedores.

                            La Provincia supo de la emergencia por la que transitaban nuestras familias e intervino para que EPEC fuera tendiendo líneas para la provisión de energía; en su momento facilitó fondos para que una cooperativa barrial comprara un lote y administrara la provisión de agua; DIPAS concretó perforaciones para la provisión de agua, en el mes de julio próximo comenzara el reemplazo de la red de agua precaria, etc. etc. Y en 2008 la nueva red de agua con una obra complementaria de presión ubicada en el predio de la Escuela Sabin.

                            Sin embargo cuando pasó el tiempo y los condenados recuperaron su libertad iniciaron una ofensiva vehemente contra todos los ocupantes de la tierra en procura de desconocer los compromisos escritos o materializar finalmente la defraudación exigiendo la cancelación de los montos comprometidos. Se adujo entonces que como consecuencia del proceso penal el I.N.A.C.Y.M. (Instituto Nacional de Cooperativas y Mutuales) había cancelado la personería y había dispuesto su liquidación a cuyos fines hizo designar una liquidadora resultando nominada para tal función la esposa del principal condenado Sr. Dardo Julio Ortiz, Sra. Juana Carricaburu, en una asamblea del 7 de Diciembre de 2002. Como Ud. podrá apreciar un absurdo!!! Se designaba liquidadora a la cónyuge del condenado por el uso de la cooperativa como medio para defraudar!!! Ahora bien, con la representación de la Sra. Carricaburu y Omar Fogliato la Cooperativa lleva adelante las acciones contra los vecinos allí residentes.

                        Si aquella es la situación jurídico-institucional del vecindario, de igual gravedad es la situación fáctica que se ha producido a partir de lo nombrado ya que se han ido incorporando familias, todas las que según sus medios han ido edificando su casa habitación, aún cuando el barrio no cuenta con infraestructura, sus calles están en precarias condiciones (las que fueron abiertas) y en definitiva hay un núcleo humano de más de 1300 familias que viven en la incertidumbre de su futuro y en condiciones de salubridad y ambientales inhumanas. Agréguese a lo dicho que aquellas fracciones están atravesadas por dos líneas de alta tensión existiendo ocupantes, sobre lotes existentes en aquel plano privado con que se hizo la oferta, que están bajo el radio de influencia de esos conductos de energía, lo que es perjudicial para su salud.                              

                               Los vecinos hemos dado conocimiento de ello a la Municipalidad de Córdoba la que en su momento dictó las ordenanzas que modificando el patrón de uso de suelo autorizaban el fraccionamiento de la mayor superficie en lotes sobre cuya base sigue procurando un relevamiento fehaciente que permita planificar un loteo donde pueda finalmente cada ocupante tener individualizado jurídicamente un lote, como propietario del mismo.

                        No obstante los inconvenientes con la Cooperativa mencionada, el accionar de la misma y el tiempo transcurrido en la planificación del loteo han colocado a los residentes en situación de alto riesgo lo que ha movido a que los vecinos interioricemos de todos estos extremos al Sr. Defensor del Pueblo de la Nación requiriéndole que intervenga directamente para la solución del conflicto.

En diciembre de 2006 se trabajó junto al Dr. Guaita de la Subsecretaria de Fomento Cooperativo y Mutuales, recopilando documentación y pruebas para elaborar expediente elevado a Tribunales, Civil y Comercial, solicitando la medida cautelar que consiste en la intervención judicial de la Cooperativa y como medida de fondo la liquidación judicial de la misma, puede plantearse, que el liquidador designado debería ir estudiando cada caso de manera particular para determinar a quien le corresponde la propiedad del lote (teniendo en cuenta que hay lotes que han sido vendidos hasta cinco veces), una vez determinado esto, se fijará cual es el saldo a pagar en cada caso. Cuando se inicie este proceso cada vecino irá pagando de manera periódica el lote que le corresponde. Por su parte la liquidadora irá realizando las obras de infraestructura pendientes y los trámites necesarios para lograr la ulterior aprobación del loteo y la consecuente escrituración por parte de cada vecino.

- las cuales dadas la situación actual carecen de un valor importante - y posterior  traspaso por parte del Estado al vecino, (ya que toda la infraestructura existente fue provista por el gobierno Provincial). Y tener la oportunidad de dignamente llegar a ser propietarios de nuestras viviendas. En el barrio viven 1600 familias lo que en números reales puesto que por familia promedio tenemos 4 hijos estamos hablando de casi 6400 personas que se encuentran en la situación indicada.

En el mes de noviembre de 2008 la Jueza resolvió la 1ra. medida cautelar después de 10 años de reclamos…. de designar un veedor, un profesional Contador Publico para que observe y realice un informe de las acciones que realiza la Comisión Liquidadora de esta Ex-Cooperativa.

 
   
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